FUENTE: El Mundo
La prueba es que en la última reunión que mantuvieron los portavoces de Sanidad con los representantes de los sindicatos con presencia en el comité de empresa en el centro médico de Alzira se volvió a dar todo tipo de expectativas a los trabajadores para que puedan continuar en sus mismos puestos. Mientras tanto, varios trabajadores que se ocupan de farmacia en Salud Pública han recibido, durante los dos últimos meses, cartas en las que se les anuncia que perderán sus empleos porque, a pesar de ser titulares de sus puestos, sus situaciones laborales se consideran «vacantes sin reserva» de unas plazas «declaradas a amortizar en la RPT (Relación de Puestos de Trabajo)».
El caso de los 89 ceses afecta a farmacéuticos interinos dependientes de Salud Pública cuyos puestos en 2008 se declararon como «a extinguir» y ahora, se les anuncia que salen a concurso y, por lo tanto, van a cesar en su actividad. Pese a que en el propio artículo 4 del Decreto, decía que solo se amortizarían los puestos vacantes, ahora la Conselleria decide extinguirlos aún cuando estos farmacéuticos seguían desempeñando su puesto, como se argumenta en el artículo 4 del Decreto 75/2008 de 23 de mayo del Consell.
Comunicado del comité de empresa del Hospital de la Ribera en el que niega que la plantilla tenga que pasar una oposición. E.M.
En concreto, el texto del Decreto 75/2008 expone que de acuerdo «con la declaración a extinguir de los puestos de farmacéutico titular [...] la extinción de los puestos de trabajo se producirá por amortización únicamente de aquellos que se encuentren vacantes. Se procederá a amortizar los puestos de trabajo que vinieran siendo desempeñados por funcionarios de carrera con destino definitivo en cuanto queden vacantes. Los puestos vacantes desempeñados por funcionarios de carrera con nombramiento provisional no se amortizarán hasta que por cualquier causa cese la situación de activo del funcionario sobre el puesto».
De hecho, los farmacéuticos se acogen a la Ley 4/2005, 17 de junio de la Generalitat Valenciana en la que se aclara que se declaran a extinguir «las plazas de los farmacéuticos titulares al servicio de la sanidad local transferidas a la Generalitat [...] y continuarán ejerciendo sus funciones de salud pública mientras permanezcan en sus destinos actuales».
Se trata de una circunstancia laboral que supone un claro ejemplo de lo que ocurrirá con el personal de La Ribera, porque se trata de plazas a amortizar -o personal a extinguir como se denomina a los empleados del hospital de Alzira- que por normativa se les garantizan condiciones hasta que alguien decida que ya no debe ser así. En ese momento se incluye la famosa apostilla que ha introducido la Conselleria de Sanidad en la Ley de Acompañamiento: «por cualquier otra causa legal». Un texto que aparece en las enmiendas de las Cortes que han presentado los partidos del Botànic aunque, las matizaciones se centren en otras cuestiones.
Sanidad asegura ahoraque el concepto «causa legal» no supone «en ningún momento» una oferta pública de empleo (OPE) u oposición. Una afirmación que también escucharon los farmacéuticos en su momento, pero que la Conselleria de Carmen Montón ahora olvida porque ha decidido sacar estas plazas a oferta pública y rescindir la relación a extinguir.
La pregunta que se genera es si para Sanidad esta oposición se considera una causa legal. Fuentes jurídicas consultadas aseguraron que bajo el paraguas del término «causa legal» se puede incluir desde amortizar las plazas, a convocar las mismas y proceder a un expediente de regulación de empleo.