FUENTE: Correo Farmacéutico
La oficina de farmacia es una empresa que está sujeta al cumplimiento de requisitos normativos fiscales, laborales y sanitarios que hay que saber gestionar adecuadamente. Para poner negro sobre blanco estas cuestiones, Orbaneja Abogados -que cumple 70 años este mes de noviembre- ha celebrado una jornada temática en Madrid en la que ha dado a conocer los principales puntos de inflexión que el titular y sus empleados deben tener en cuenta en relación con la legislación actual.
“En este año apenas ha habido novedades legislativas, pero la presencia de la Agencia Tributaria ha sido mayor en las oficinas de farmacia, sobre todo en los últimos seis meses, y también lo han sido las inspecciones de Sanidad”, ha explicado Blanca de Eugenio, gerente del despacho de abogados.También ha recordado que la Agencia Tributaria “es mucho más exigente que los jueces”, de manera que, en su opinión, no hay que tener miedo a ir a los juzgados tras una inspección.
Inspecciones fiscales
Respecto a las inspecciones fiscales en botica, desde Orbaneja han recordado que la comprobación del inspector tiene límites. “Está prohibido examinar la contabilidad mercantil del contribuyente, es imposible realizar requerimientos a terceros sobre movimientos financiero, así como realizar actuaciones de comprobación limitada fuera de las oficinas de la Administración Tributaria”, ha explicado José Mª Cobo, asesor fiscal del despacho. Lo habitual es que, en una inspección, “Hacienda solicite los libros registros de Ingresos, gastos y bienes de inversión, los libros contables conforme al código de comercio y documentos, facturas y justificantes equivalentes en los que figuren consignados los datos relativos alas partidas que determinen el rendimiento neto de su actividad”.
En este aspecto, ha recomendado estar en posesión de todas las facturas impresas que justifiquen los gastos, así como tener a mano las facturas de bienes de inversión, “que nunca deberían tirarse por si se pueden amortizar y llevar el inmobilizado material del que se trate a gastos”.
Por su parte, Estíbaliz Sánchez, abogada experta en Derecho Fiscal y Contable, ha señalado que la farmacia está en el punto de mira de la inspección fiscal. “Tienen más riesgo aquéllas que, por algún motivo, llamen la atención por salirse de los baremos más comunes del sector”. En otros casos, ha recordado que también se produce una inspección cuando algún cliente o proveedor está inmerso en un procedimiento de inspección y, de rebote, nos llega a nosotros”.
Ha mencionado, además, que la inspección puede presentarse sin previo aviso y que si no está presente el titular tiene que atender a la inspección el encargado.
El inspector no puede acceder sin autorización a la rebotica
No se puede impedir la entrada al inspector en la zona abierta al público. Tampoco detrás del mostrador, pero siempre que los funcionarios se identifiquen. “El espacio de la rebotica o despacho, no obstante, puede tener la consideración de domicilio constitucionalmente protegido, en cuyo caso se requiere autorización judicial y el farmacéutico, y solo él, puede otorgar su consentimiento y permitir la entrada”, ha indicado Sánchez.
Inspección laboral
Eugenio Fernández, responsable del Departamento laboral de Ornbaneja, ha señalado que las inspecciones de este tipo pueden ser de oficio, a instancia de parte (debido a denuncias por parte de los propios trabajadores) y por visitas del inspector, o notificación, requiriendo la documentación. En su opinión, lo que mira con lupa son “las altas y bajas de trabajadores, las nóminas, los contratos de trabajo, la prevención de riesgos laborales y los sistemas de control de horarios“.
El fraude por desempleo -ha indicado Fernández- supone una infracción muy grave “si la inspección comprueba que ha habido una connivencia con sus trabajadores o con los demás beneficiarios para la obtención de prestaciones indebidas”.
Inspección sanitaria
Las inspecciones sanitarias también son habituales en botica. Desde Orbaneja han explicado que, en estos casos, el inspector puede entrar libremente al establecimiento y sin notificación. “También puede realizar las pruebas, investigaciones o exámenes necesarios para comprobar el cumplimiento de la ley”, ha explicado Rosa Blanco Cuevas, abogada del Departamento Jurídico y de Transmisiones del despacho.
También se ha señalado que hay hechos constitutivos de infracción que son muy comunes, como no tener la placa identificativa del titular en la fachada de la farmacia (donde son muchos titulares que lo incumplen), los horarios de atención al público y las farmacias de guardia.
Durante la jornada, Cuevas también ha explicado que Apps como Glovo, Luda Partners…. y demás aplicaciones para la compra de medicamentos o localización de los mismos pueden ser objeto de inspección por parte de Sanidad, “al ser controvertida su legalidad o no”. Y que las redes sociales y Google Maps están reconocidos como herramientas dentro del marco legal.