FUENTE: Acta Sanitaria
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha informado de la “primera sentencia en España que reconoce la enfermedad profesional a un trabajador de la Sanidad contagiado por Covid-19”, una resolución que obliga a la Seguridad Social a reconocer la enfermedad profesional a un auxiliar administrativo de un centro de salud que sufrió la Covid-19 y que tiene secuelas respiratorias.
Al afectado, “pese a sufrir en dos ocasiones una incapacidad temporal por síndrome respiratorio agudo derivado de la Covid-19 y, posteriormente, disnea y alteraciones respiratorias que le quedaron como secuelas, tanto la Seguridad Social como la mutua colaboradora Solimat le denegaron el reconocimiento de la enfermedad profesional”, indica esta organización sindical.
Tal y como denunció CSIF, hasta esta sentencia, “la Seguridad Social no ha reconocido ningún caso de enfermedad profesional por Covid-19, como se puede comprobar en las estadísticas”. “Esto es así porque, pese al anuncio del Gobierno, la Covid-19, hoy por hoy, solo se considera a efectos de la prestación de incapacidad temporal. Esto significa que cuando finalice la pandemia, sus secuelas no podrán justificarse como un daño derivado de su puesto de trabajo”, detalla.
Sin embargo, la sentencia, del Juzgado de lo Social número 3 de Talavera de la Reina, en Toledo, considera acreditado que esta persona “sufrió un primer proceso de incapacidad temporal con diagnóstico de síndrome respiratorio agudo severo asociado al coronavirus “y, por tanto, que “sufrió una enfermedad recogida en el listado de enfermedades profesionales”.
Nuevas reclamaciones
Esta instancia judicial también considera probado que “estuvo expuesto a un riesgo de exposición al coronavirus en su profesión”. Respecto a la segunda incapacidad temporal, con el diagnóstico de disnea y alteraciones respiratorias, la magistrada entiende que “no existe ninguna duda de que son consecuencias derivadas del contagio por Covid-19” y que, por tanto, “debe ser considerada, igualmente, enfermedad profesional”.
A raíz de esta sentencia, CSIF asegura que promoverá nuevas reclamaciones individuales para que se reconozca este derecho. Además, destaca que los tribunales corroboran sus argumentos “a los efectos de que el reconocimiento de enfermedad profesional debe ser extensivo a todo el personal que presta sus servicios en centros sanitarios o sociosanitarios, independientemente de la categoría profesional que desarrollen en los mismos”. Por otro lado, asevera que “solo se reconoce el 10 por ciento de los contagios por Covid-19 como accidente de trabajo”.