Fuente: COINEM
A la deducción estatal por la inversión en empresas de nueva o reciente creación, será del 20% de las cantidades invertidas en acciones o participaciones sociales en empresas de nueva o reciente creación, aplicándose en la Declaración de la Renta del inversor, se le suma una deducción fiscal autonómica siempre que la inversión se realice en una entidad del territorio.