Fuente: Valencia Plaza
Este protocolo se suma y complementa al que ya publicó Sanidad en 2019 dirigido a la atención integral, sanitaria y judicial a víctimas de agresiones sexuales de la Comunitat Valenciana.
En el documento, de veinte folios, se expone que "la sumisión química (SQ) consiste en la administración de sustancias químicas con efectos psicoactivos a una persona, sin su consentimiento y sin su conocimiento, con fines delictivos, con el fin de modificar su estado de consciencia, su comportamiento o anular su voluntad".
Señala, además, que "en los últimos años, este fenómeno ha adquirido una notable relevancia por el incremento de los casos y su importante repercusión social y sanitaria".
En España, tras la reforma del Código Penal en 2010, el artículo 181.2 determina que se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare, así como los que se cometan anulando la voluntad de la víctima mediante el uso de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química idónea a tal efecto.
Como consecuencia de la aparición de varios casos de sumisión química, la Administración General del Estado ha elaborado y publicado diferentes guías. La más reciente es la guía de buenas prácticas para la actuación forense ante la víctima de un delito facilitado por sustancias psicoactivas: intervención ante la sospecha de sumisión química.
El protocolo señala que "las sustancias empleadas en la SQ reúnen una serie de características comunes: fáciles de obtener, sustancia sin sabor, color ni olor; administrada habitualmente vía oral, mediante una inyección subcutánea o intramuscular, y excepcionalmente de forma inhalada; activa a dosis bajas, de acción rápida y de corta duración; de acción depresora o bien estimulante del sistema nervioso central; y que suele ocasionar amnesia anterógrada, sedación, confusión, efecto alucinógeno o desinhibición".
Las más habituales son sobre todo el alcohol etílico y los hipnóticos benzodiacepínicos (preferibles de vida media corta) o no benzodiacepínicos (zolpidem, zopiclona).
Otros destacados son el Gammahidroxibutirato (GHB), metanol, opioides, cannabinoides, ketamina, cocaína, derivados anfetamínicos, LSD, alfa-pvp, atropina, burundanga o escopolamina y disolventes.
Entre las actuaciones que debe completar el personal sanitario que atienda a una posible víctima de sumisión química se contempla la recogida de orina y sangre.
La sangre debe obtenerse en las primeras 48 horas tras el presunto delito para evitar la desaparición de la sustancia tóxica, y la toma de muestra se hará sin emplear alcohol u otro volátil como desinfectante.
"Se remitirá sangre venosa periférica en cuatro tubos de 5 ml, preferiblemente dos con fluoruro sódico como conservante y oxalato potásico como anticoagulante, (tubo tapón gris), y otros dos de sangre total anticoagulada con EDTA -ácido edético- para evitar la formación in vitro de GHB (tubo tapón lila)".
El protocolo incluye, además, un formulario específico para garantizar la cadena de custodia en la recogida de las muestras y su remisión a laboratorios especializados.