La Generalitat aprueba el decreto que quedó redactado en 2017 y guardado en el cajón

FUENTE: El Global

 

Recientemente, un reportaje de EG (ver nº 855) recordaba que “en Europa se hace farmacia asistencial por decreto”. Era la manera de plasmar que países como Francia y Portugal habían coincidido en publicar en este 2018 sendas normativas que con las que dar sustento legal a las nuevas funciones y servicios profesionales que realizan, o prevén realizar, sus oficinas de farmacia.

Bien podría rescatarse ahora ese reciente titular para decir ahora que en Comunidad Valenciana se hará también farmacia asistencial “por decreto”. El pleno del Consell autonómico aprobó el pasado día 19 de octubre la norma (vía decreto) por la que se regulan los servicios profesionales farmacéuticos asistenciales concertados con la Administración, así como la acreditación de las oficinas de farmacia para prestar dicho servicio en la Comunidad Valenciana.

Cabe recordar que este decreto ya fue elaborado y culminado por el anterior equipo de la Consejería que lideraba Carmen Montón, y permanecía en los últimos meses ‘guardado en el cajón’. Por ejemplo, el proyecto de decreto —consensuado con los colegios farmacéuticos— ya fue publicado en el Diario Oficial de Comunidad valenciana en noviembre de 2017 para ser sometido a audiencia pública. Ahora bien, como así confirmó recientemente a EG Jaime Giner, presidente del Consejo Valenciano y del COF de Valencia, la nueva responsable de la Sanidad valenciana, Ana Barceló, había asegurado personalmente a los presidentes colegiales la continuidad del proyecto.

Cómo concertar y acreditarse

Así las cosas, el servicio profesional farmacéutico asistencial concertado se define en este texto como un servicio previamente acreditado y concertado como tal por la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública, dirigido a mejorar los resultados en salud y la atención de las personas en cuanto al proceso de utilización de medicamentos.

El procedimiento para la acreditación de las oficinas de farmacia regionales se habilita también con esta nueva normativa, de forma que podrán prestar estos servicios las farmacias que previamente hayan sido acreditadas por la Consejería de Sanidad valenciana.

En concreto, los servicios serán concertados cuando la administración lo considere procedente desde una perspectiva de coste-efectividad a partir de las necesidades que la propia administración, los titulares de oficinas de farmacia o sus representantes colegiales identifiquen y propongan en el seno del Comité Central de Asistencia Farmacéutica (que conforman la Consejería, colegios y sociedades científicas) siguiendo las directrices que se contemplan en dicho decreto.

Tras esta norma matriz, cada servicio a concertar requerirá de una posterior regulación reglamentaria donde se definirá la naturaleza del mismo, los procedimientos de trabajo, los cursos de capacitación y otros aspectos que pudieran ser necesarios. Igualmente, los colegios oficiales de farmacéuticos podrán certificar las oficinas de farmacia que presten el servicio, haciendo constar que el farmacéutico titular cumple los requisitos establecidos para la prestación del servicio concertado.

Reacciones de los COF

Los colegios farmacéuticos han acogido con satisfacción la noticia pero se muestran expectantes ante el desarrollo de esta norma. “Estamos muy contentos con la aprobación de este decreto pero todavía queda mucho trabajo por hacer. Se trata de una declaración de intenciones pero son conceptos aún generales. Hay que definir cuáles serán los servicios, pero podemos decir que, aunque ha costado, ya está aprobado”, ha comentado a EG el presidente del COF de Castellón, Sergio Marco.

Respecto a los avances en este sentido, Marco comenta que aún no hay un cronograma concreto: “No sabíamos exactamente cuando se iba a publicar”, dice.

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