FUENTE: COINEM
La Resolución Vinculante de Dirección General de Tributos, V0299-22 de 17 de febrero de 2022, que somete a interpretación la el artículo 52.1.b) de la Ley 35/2006, dirime si las contribuciones realizadas por la empresa en el marco del Plan de Pensiones descrito, tienen la consideración de 'contribución empresarial' o, por el contrario, deberían recalificarse a efectos fiscales como 'aportación del empleado', toda vez que su importe se concreta, en última instancia, en función de la aportación que realiza este último.
En este sentido, la Resolución establece que, pese a que el partícipe puede elegir entre aportar un mínimo de 6 euros y un máximo de 2,15% de su salario regulador, ello no significa que pueda calificarse de aportación del trabajador, por cuanto no se está ante un sistema de retribución flexible, en el que el empleado elige la composición del sistema retributivo.
Más información: Consultas de la D.G. Tributos: Buscador (hacienda.gob.es) Nº CONSULTA: V0299-22