FUENTE: COINEM
Un proyecto sometido a información pública establece que la primera declaración relativa a las obligaciones de información sobre monedas virtuales se deberá presentar a partir del 1 de enero de 2023. Además, desarrolla reglamentariamente la obligación de informar acerca de criptomonedas situadas en el extranjero.
Los nuevos modelos 172 y 173 deberán presentarse por las empresas o profesionales con residencia fiscal en España que participan en el negocio de las criptodivisas, tales como creadores de monedas, agencias de cambio, monederos virtuales; o quienes presten servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales, ya se preste dicho servicio con carácter principal o en conexión con otra actividad.
Ambos modelos tendrán carácter anual y su plazo de presentación será el mes de enero del año siguiente al que se corresponda la información declarada.
En referencia a los particulares la propuesta será a través de un modelo 721 de aquellas criptomonedas que posean en el extranjero. La declaración será de carácter anual y entre 1 de enero y el 31 marzo.