Fuente: COINEM
La Ley de Presupuestos Generales 2023 ha incluido en su articulado variaciones para el cálculo de los rendimientos netos de actividades económicas, concretamente en los artículos 60 y 61.
Así, el artículo 60, titulado “Reducción del Impuesto sobre la Renta de las Personas a empresarios y profesionales que determinen su rendimiento neto calculado por el método de estimación directa simplificada” recoge, sobre la estimación directa, que se aumentan los importes que minorarán los rendimientos netos de las actividades económicas de trabajadores autónomos económicamente dependientes que tributan en estimación directa (cuando se cumplen los requisitos previstos en el número 32.2.2º de la LIRPF), aumentándose asimismo la cuantía por debajo de la cual se aplicará esta reducción. Respecto a la Estimación Directa Simplificada, se aumenta para el año 2023 al 7% (antes el 5%) el porcentaje de reducción del rendimiento neto para el conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación para los contribuyentes que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa simplificada.
En el artículo 61, titulado “Reducción del Impuesto sobre la Renta de las Personas a empresarios que determinen su rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva y prórroga de los límites excluyente para su aplicación”, en cuanto a la estimación objetiva, se aumenta para el 2023 la reducción del rendimiento neto de sus actividades económicas al 10%, para empresarios que determinen su rendimiento neto por el método de estimación objetiva.
Más información: BOE.es - BOE-A-2022-22128 Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.