FUENTE: El Global
Las tres asambleas de los colegios farmacéuticos de Valencia, Alicante y Castellón celebradas este martes 12 de julio han dado su visto bueno al texto del nuevo concierto económico consensuado con la Consejería de Salud Universal regional. En el caso de las asambles en Alicante y Castellón, este 'ok' se ha producido "por unanimidad", mientras que en Valencia se computaron 91 votos a favor, 12 en contra y 5 abstenciones.
Tras este nuevo paso —la aprobación por los colegiados— ahora solo queda que el texto sea revisado por el Consell de Gobierno de la Generalitat y, tras este último visto bueno, pueda procederse a la firma del mismo. Posiblemente, este texto sea revisado por el Consell de la Generalitat en la reunión programada en esta misma semana.
Con su voto unánime favorable, los farmacéuticos valencianos han validado que en los próximos años el pago de las facturas se lleve a cabo "el último día hábil del mes siguiente al que corresponda la factura", tal como reza el texto, lo que supone de facto el pago a treinta días que reclamaban los colegios farmacéuticos. En una primera valoración a EG, el presidente del Consejo Valenciano de Colegios Oficiales de Farmacéuticos y del COF de Castellón, Sergio Marco, celebra que con su voto favorable los profesionales valencianos "hayan apostado por la estabilidad que proporciona este concierto".
Mientras, desde el COF de Valencia de forma muy positiva este concierto que, amén de recoger el pago a treinta días, abre la puerta a nuevos servicios profesionales en las farmacias, amplia de la capacidad de sustitución —incluyendo pañales y tiras reactivas— y la aplicación de cualquier modificación de precios el mes posterior al comunicado", enumera la corporación valenciana como 'logros' conseguidos en el texto . Asimismo, también reconoce la retribución por servicios de urgencia y otros servicios profesionales así como la capacidad de formulación de medicamentos desabastecidos y la actualización de precios de productos y envases. Por último, el concierto respeta el derecho de reclamación por intereses de demora y se mantendrá vigente durante cuatro años.